Concluye la primera etapa del blanqueo de capitales destinado a la construcción
La primera etapa del blanqueo de capitales destinado a la promover la construcción, en la que rige una alícuota de ingreso de 5% en los fondos empleados con ese fin, cerrará esta semana, y desde el 22 de noviembre comenzará el siguiente tramo con una tasa mayor, del 10%.
A fines de agosto pasado, el Gobierno extendió por un año el régimen de Incentivo a la Inversión, Construcción y Producción Argentina mediante el Decreto 522/2022 y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó los procedimientos para ingresar al blanqueo con una alícuota impositiva del 5% hasta el 19 de noviembre de este año.
A poco del cierre de la primera etapa, datos parciales de la AFIP indican que ingresaron más de 7.500 millones de pesos (US$ 40 millones), con una recaudación en torno a los 379 millones de pesos.
Desarrolladores inmobiliarios estiman que la cifra ingresada en esta etapa es mayor al monto mencionado, debido al movimiento y operaciones que generó el incentivo y dado que la ley estipula plazos para depositar el capital a invertir en las cuentas especiales.
El presidente de la Cámara Empresaria de Desarrolladores Urbanos (CEDU), Damián Tabakman, dijo que “muchos están a las corridas tratando de aprovechar esta semana” y que “un montón de miembros de la Cámara han tenido muchas transacciones” por el blanqueo.
Consideró que el régimen “agrega valor” a la actividad y que las inversiones se orientaron al sector residencial.
Alejandro Ginevra, presidente de la desarrolladora GVN Group, indicó que el blanqueo en esta etapa “a nosotros nos funcionó, nos impulsó bastante ventas importantes; en nuestro proyecto en Puerto Madero con dos edificios hemos firmado varios boletos”.
“Tenemos varias operaciones para firmar esta semana”, agregó.
En declaraciones , Ginevra destacó que “es el blanqueo más beneficioso de los últimos tiempos” y que “cuesta el 5% al dólar oficial, cuesta casi la mitad y es muy sencillo hacerlo; a pesar de que está venciendo el primer tramo, el segundo tramo tampoco es tan caro, es bastante ventajoso”.
Valoró además que “la ventaja que tiene es que va a la economía porque se vuelca a la construcción, que genera muchísima mano de obra”.
Dijo que hasta el momento se destinó más a edificios premium y consideró que “falta más información” para que “la gente conozca esta posibilidad” y pueda haber “bastantes más operaciones en el segundo tramo”.
Qué dice la norma
La normativa habilita la declaración voluntaria de tenencia en moneda nacional y extranjera hasta el 17 de agosto de 2023 para la realización de inversiones en desarrollos inmobiliarios.
La alícuota del impuesto especial se fijó en un 5% para las exteriorizaciones de ahorros que se realicen hasta el 19 de noviembre de este año; mientras que para el período que va del 22 de noviembre al 19 de febrero del año que viene la alícuota sube al 10%, y a partir del 20 de febrero del 2023 será del 20%.
Los fondos que se declaren deberán afectarse, únicamente, al desarrollo o la inversión de proyectos inmobiliarios nuevos o con un avance no mayor al 50% en el país, que se lleven a cabo con anterioridad al 31 de diciembre de 2024.
El lunes se publicará en el Boletín Oficial la promulgación de la Ley de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda Nº 27.679, que extiende por un año el Régimen de Blanqueo para la Construcción. pic.twitter.com/kCq1PIDyPV
— Sergio Massa (@SergioMassa) August 20, 2022
Cómo proceder para registrarse
Estos deben depositarse en una Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina y podrán ser aplicados, transitoriamente, a la compra de títulos públicos nacionales; luego se deberán afectar al desarrollo o la inversión en proyectos inmobiliarios en el país.
Sobre el monto declarado los adherentes quedarán eximidos de los siguientes impuestos: Ganancias, incluidas salidas no documentadas, Transferencia de Inmuebles, Créditos y débitos en cuentas bancarias, IVA, Bienes Personales y Contribución especial sobre el capital de las cooperativas.
Asimismo, se liberará a la suma declarada de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiaria, penal aduanera e infracciones administrativas que pudieran corresponder.
La declaración jurada se tomará como presentada una vez que se registra el pago en la AFIP y el procedimiento para acceder a los beneficios fiscales se realiza a través del servicio con clave fiscal “Normalización de la tenencia en moneda Ley 27.613”, de la siguiente manera.
En primera instancia se debe registrar la existencia de las tenencias, la acreditación en la cuenta especial y su valuación, a través del formulario 1130, donde se determina el impuesto.
Una vez finalizada la carga, el contribuyente deberá presionar el botón “Fin de la registración”, y posteriormente deberá generar el Volante Electrónico de Pago (VEP) del impuesto especial y abonarlo, lo que permitirá que se envié la declaración jurada en forma automática.