Utedyc cerró un nuevo acuerdo salarial con la Cámara de Gimnasios
La Unión Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles (UTEDYC) y la Cámara de Gimnasios de Argentina (CGA) suscribieron un nuevo acuerdo salarial en las paritarias para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 738/16, correspondiente a la actividad de gimnasios.
El entendimiento establece una recomposición salarial acumulativa del 5,28%, que se aplicará en tres tramos entre agosto y octubre de 2026, sobre los salarios básicos de los meses inmediatamente anteriores.
El esquema contempla un 1,9% en agosto, un 1,7% en septiembre y un 1,6% en octubre. De acuerdo con lo establecido en el acta, el primer tramo se calcula sobre los salarios básicos vigentes al 31 de julio, el segundo sobre los básicos correspondientes al 31 de agosto y el tercero sobre los vigentes al 30 de septiembre.
En ese sentido a octubre 2026, el salario para Supervisor será de $1.539.698; para Coordinador Deportivo, $1.425.858; para Coordinador de Área, $1.358.458; para Guardavidas, $1.747.093; para Encargado de Mantenimiento, $1.559.302; para Personal Administrativo, $1.287.697; para Recepcionista, Vendedor o Promotor, $1.173.642; para Control de Acceso, $1.167.304; para Auxiliar de Mantenimiento o Vestuarista, $1.188.640; y para Personal de Limpieza o Camareros, $1.112.451.
Para los trabajadores que cobran por hora, los valores establecidos son de $8.348 para profesores de Educación Física con título que se desempeñen en establecimientos con más de cinco trabajadores; $7.914 para profesores con título en establecimientos de hasta cinco trabajadores; y $7.295 para instructores y entrenadores.
Por la fecha en que fue firmado el acuerdo, las diferencias salariales correspondientes a agosto de 2026 deberán ser reliquidadas y abonadas junto con los haberes de septiembre.
El acta establece además una cláusula de absorción por la cual, durante el período comprendido entre el 1° de agosto y el 31 de octubre, los incrementos acordados absorberán hasta su concurrencia cualquier aumento, suma fija, ajuste o bono —remunerativo o no remunerativo— que pudiera establecerse por una norma legislativa o reglamentaria nacional para el sector privado.
El acuerdo tiene vigencia inmediata desde el 18 de septiembre de 2026, sin perjuicio del posterior trámite de homologación ante la autoridad laboral.
