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Reforma jubilatoria: El kirchnerismo y la UCR sellaron un dictamen de mayoría y el proyecto llegará al recinto

El kirchnerismo y una porción de la Unión Cívica Radical (UCR) sellaron esta tarde un acuerdo 
implícito para dictaminar en favor del proyecto original que incrementa los haberes jubilatorios en un 8,1 por ciento y modifica la fórmula de movilidad, que ya tuvo la media sanción de la Cámara de Diputados en junio pasado. 

Se trata de la misma maniobra que motorizaron los bloques dialoguistas en la Cámara baja con algunas excepciones. El dictamen de mayoría se compuso por la totalidad de los integrantes kirchneristas del plenario de comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Trabajo y Previsión, sumado a los radicales Martín Lousteau (CABA), Pablo Blanco (Tierra del Fuego), Flavio Fama (Catamarca) y Daniel Kroneberger (La Pampa). 

La rúbrica de los radicales fue en disidencia solo en el caso del radical Blanco. Por otro lado, el oficialismo, con la voz cantante del senador y titular de Presupuesto y Hacienda, Ezequiel Atauche, puso sobre la mesa un dictamen propio que cosechó pocas adhesiones, entre ellas, la de dos radicales: Eduardo Vischi (Corrientes) y Víctor Zimmerman (Chaco), ambos en disidencia. 

El texto contiene las principales modificaciones que fueron motorizadas por el Palacio de Hacienda, tras las exposiciones del secretario de Hacienda, Carlos Guberman, y el titular de la ANSES, Mariano de los Heros, durante sus exposiciones de la semana pasada. 

Además del aumento del 8,1 que recompone la pérdida de enero en las prestaciones, el proyecto que logró el apoyo mayoritario pliega la fórmula al Índice de Precios al Consumidor (IPC) para su actualización mensual y establece un aumento adicional una vez al año (en marzo) por el 50 por ciento la diferencia entre la variación salarial y la evolución de los precios en un mismo período de tiempo. 

También fija que el haber mínimo será de 1,09 respecto del valor de la canasta básica total de un adulto y acuerda que la ANSES tendrá la obligación de cancelar las deudas con las cajas  previsionales provinciales y de pagar las sentencias firmes a favor de jubilados con asignaciones específicas de los recursos tributarios del organismo previsional.  

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