El diputado Del Frade promueve proyecto de revocatoria de mandatos de funcionarios por plebiscito
El diputado Carlos del Frade del Frente Amplio por la Soberanía ingresó un expediente en la Cámara de Diputados permitiendo la revocatoria de mandatos de funcionarios electivos de los poderes legislativos y Ejecutivo y también de las comunas en Santa Fe,
Los requisitos para pedir la revocatoria de mandatos deben ser: Que hayan transcurrido más de doce (12) meses desde la asunción del cargo de la funcionaria o funcionario y resten cumplirse más de seis (6) meses de la finalización del período para el que hubiere sido electo/a; Que reúna al menos la firma del veinte por ciento (10%) de los electores y electoras de la Ciudad o Comuna, según corresponda y que se funde en causas atinentes al desempeño de sus funciones.
En tanto, dicha revocatoria debe ser impulsada por uno o más electores o electoras de la provincia.
El proceder deberá ser de la siguiente manera. Los interesados deberán presentarse ante el Tribunal Superior de Justicia a los efectos de identificar al funcionario cuya revocación de mandato se impulsa, el cargo que detenta y las fechas de inicio y finalización de su mandato. También señalar las causas por las que se solicita la revocatoria.
Ahora bien, el Tribunal Superior de Justicia entregará a quienes impulsen tal o cual revocatoria de mandato las planillas foliadas en las que se deben asentar las firmas de los electores y electoras y dará un plazo de 12 meses para que presentan el total de firmas obtenidas para impulsar la revocatoria.
En ese marco, y en caso de no cumplirse con el porcentaje requerido en los plazos establecidos, el Tribunal Superior de Justicia declarará la caducidad del procedimiento. Al respecto el piso del porcentaje debe ser el 10% del padrón de la ciudad o comuna, según corresponda, y así se tendrá por iniciada la petición de revocatoria de mandato
REFERÉNDUM DE CONVOCATORIA
Una vez que los demandantes presenten todo lo requerido y sea avalado por el Tribunal Superior de Justicia, este organismo debe convocar a referéndum de revocatoria de mandato que deberá realizarse dentro de los noventa (90) días.
Si la opción por la revocatoria del mandato hubiere obtenido el apoyo de más del cincuenta por ciento (50%) de los electores inscriptos en el padrón electoral del distrito correspondiente, el funcionario o funcionaria, luego del escrutinio definitivo, quedará separado de su cargo. En dicho caso, se habilitarán los mecanismos previstos para el reemplazo del funcionario y asumirá su cargo quien legalmente deba suplantarlo. En caso que la opción por revocar el mandato no obtuviese el apoyo de más del cincuenta por ciento (50%) de los electores inscriptos en el padrón electoral del distrito correspondiente, debe quedar inhabilitada la presentación de una nueva petición de revocatoria de mandato por las mismas causales referidas a idénticos hechos.
INICIATIVA POPULAR
Asimismo, Del Frade presentó otro proyecto permitiendo que los ciudadanos santafesinos puedan ejercer el derecho de iniciativa popular para presentar proyectos de ley ante cualquiera de las Cámaras de la Legislatura de Santa Fe, individualmente o a través de organizaciones de la sociedad civil.
En ese sentido, el legislador aclaró que todos los temas que pueden ser objeto de una ley podrán ser objeto de iniciativa popular.
Ahora bien, la iniciativa tendrá el tratamiento ordinario previsto para los proyectos, conforme la Constitución Provincial y el reglamento interno de la Legislatura.. En ese sentido, la iniciativa tendrá tratamiento obligatorio en Cámara dentro de los doce (12) meses cuando: a) la iniciativa cuente con la firma de un número de electores no inferior al uno por ciento (1 %) del padrón electoral provincial
b) cuando la materia de la iniciativa sea de alcance regional o departamental, el requisito del porcentual se cumplirá considerando únicamente el padrón electoral de la zona de influencia.
Del Frade explicó que, el proyecto de regulación de la iniciativa popular de leyes constituye una propuesta elevada por primera vez en 2019, que “hoy reingresamos nuevamente dado que lamentablemente, pese a su relevancia, no ha tenido tratamiento”
La iniciativa popular “es uno de los institutos de democracia semidirecta, que reconoce nuestro ordenamiento jurídico y que faculta al electorado a participar de una manera activa en la dirección, control y rumbo de un estado, atendiendo a los problemas sociales y políticos que subyacen, consolidando así una democracia participativa de gobierno”, completó el diputado del FAS