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Rigen las nuevas tarifas de taxis y remises

Taxis y remises ya operan con el nuevo esquema tarifario, el cual fue establecido por el Concejo Municipal a través de los decretos N° 64.846 y Nº 64.849, respectivamente, con los siguientes valores:

Taxis

Tarifa diurna de lunes a sábado (de 6 a 22 hs)

-$656 la bajada de bandera
-$31,10 la ficha
-$31,10 por cada minuto de espera

Tarifa nocturna de lunes a jueves (de 22 a 6 hs.)

– $767 la bajada de bandera
– $35,20 la ficha
– $35,20 por cada minuto de espera

Tarifa domingos y feriados (de 6 a 22 hs.)

– $840,10 la bajada de bandera
– $35,20 la ficha
– $35,20 por cada minuto de espera

Tarifa nocturna viernes, sábado, domingo y vísperas de feriado (de 6 a 22 hs.)

– $840,10 la bajada de bandera
– $35,20 la ficha
– $35,20 por cada minuto de espera

Remises

El Concejo Municipal estableció tarifas para el servicio de remises: diurna (de 6 a 22 hs.) y nocturna (de 22 a 6 hs.).

Tarifa diurna

– $767 Bajada de bandera
– $39,70 la ficha
– $60,20 por cada minuto de espera

Tarifa nocturna

– $946,60 Bajada de bandera
– $45 la ficha
– $68,20 por cada minuto de espera

Prórroga de licencias y unidades de taxis y remises

De acuerdo a lo establecido por decretos N° 64.846 y N° 64.849 del Concejo Municipal, las unidades de taxis que cuenten con más de 10 años de antigüedad, y de remises con más de 6 años, de forma excepcional, tendrán una prórroga de 24 meses para su renovación. En ambas situaciones, este plazo puede extenderse por 12 meses en caso de que el titular pueda corroborar que está a la espera de la entrega de un vehículo cuyo modelo cumpla con la vigencia exigida por la normativa o cuente con un plan de pago para la obtención del mismo.

Mientras que aquellas licencias otorgadas en 2013 de acuerdo a la ordenanza N° 8.997/12 y que finalizan sus derechos de explotación en el 2023, podrán continuar prestando servicio prorrogando la actual licencia por 12 meses en las mismas condiciones o renovar sus derecho de explotación si cumplen determinadas exigencias establecidas en la ordenanza N° 10.569.

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