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Punto para la UOM: Fallo judicial otorga 10 días a la empresa Bambi para pagar el bono de 60 mil pesos que le adeuda a todos los trabajadores de su planta

El juzgado laboral Nro 4 de la ciudad de Rosario a cargo del juez Ricardo Gramegna en un “fallo ejemplar” dio lugar al pedido del gremio metalúrgico local (UOM) en su reclamo para que la totalidad de los operarios de la empresa Bambi cobren el bono de 60 mil pesos otorgado oportunamente por el gobierno nacional para los meses de septiembre y octubre pasado,  en pagos de 30 mil pesos en cada mes. La firma privada “se había negado oportunamente a dicho pago”, según la UOM

Bambi SA es una empresa metalúrgica rosarina dedicada a la fabricación de productos de línea blanca que inició sus actividades en el año 1955 y se dedica preferentemente a la fabricación de gabinetes para heladeras familiares. La planta se encuentra en calle 520 a la altura de Avenida Ovidio Lagos al 7100 y cuenta con unos 280 trabajadores.

Contemanete el fallo de la justicia dictó “admisibilidad de la demanda” y por ende, “al carácter del proceso abreviado se ha condenado a la firma a pagar dicho bono”, explicó Pablo Cerra , abogado de la UOM Rosario

UN PAGO QUE NO SE PAGÓ 

 Ante la falta de pago de la firma, “el gremio elevó el reclamo”, a mediados de octubre pasado en el Ministerio de Trabajo con sede en Rosario y la firma privada, “reconoció expresamente no haberlo pagado y manifestó que no lo iba a realizar”, puntualizó Cerra

Ahora, a mas de un mes de la presentación inicial del gremio  “sale un fallo es histórico y ejemplar dando lugar al gremio metalúrgico que nuclea a los trabajadores de manera que no exponer a los mismos. Sabemos que los trabajadores de Bambi han tendido amedrentamiento dentro del establecimiento por la acción que había iniciado la UOM”, explicó  Cerra

En tanto, el letrado agregó: “Estamos muy contentos con la resolución que sacó el juzgado porque da la entidad que por ley corresponde al gremio que representa a los trabajadores y ahora a la espera que una vez notificado esto, la empresa sino presenta una excepción legítima dentro de los diez días, siendo dicha  excepción  acotadísima  por el tipo de proceso, se comience con el pago de los que les  corresponde a los trabajadores con los intereses correspondientes”, completó el abogado  

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