Otro fallo a favor del juez Maqueda y del ex administrador de la obra social de los judiciales
La Cámara Federal porteña ratificó un fallo que beneficia al ex titular de la Obra Social del Poder Judicial (OSPJN) Aldo Tonón y al juez de la Corte Suprema Juan Carlos Maqueda en una causa en la que habían sido denunciados por presuntas irregularidades en el manejo de esa institución.
La Cámara, con las firmas de los jueces Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, ratificó que el Sindicato de Trabajadores Judiciales (SITRAJU), que formuló la denuncia, no podrá ser querellante en la causa.
Esa imposibilidad de ser querellante obtura la posibilidad de apelar un fallo de primera instancia del juez federal Ariel Lijo, quien a fines de diciembre pasado exculpó a Maqueda de cualquier responsabilidad en el manejo irregular de la obra social.
El SITRAJU denunció el 30 de noviembre de 2021 “distintas irregularidades” en los contratos de la obra social con dos prestadoras, una de emergencias médicas y otra de logística y contralor de recetas farmacéuticas, ambas situadas en la ciudad de Córdoba, de la que es oriundo Maqueda.
El fiscal Carlos Stornelli postuló el 22 de junio de 2022 el archivo de la causa por “inconsistencias de la denuncia y su ratificación, y las probanzas incorporadas a las actuaciones”.
Pero el juez Lijo la mantuvo abierta y ordenó una serie de medidas de prueba, ante lo que Stornelli apeló esa decisión y pidió, además, el apartamiento del SITRAJU como querellante.
El 3 de marzo pasado la Cámara finalmente le dio la razón a Stornelli y apartó al SITRAJU, con lo cual la decisión de exculpar a Tonón y Maqueda quedó virtualmente firme.
El sindicato apeló su apartamiento como querellante pero ahora la misma sala de la Cámara, de nuevo con las firmas de los jueces Llorens, Bertuzzi y Bruglia, bloqueó la posibilidad de que un tribunal superior, la Cámara de Casación, resolviera sobre su rol en la causa.
El juez Llorens sostuvo que “a pesar de la reseña vertida por la impugnante relativa a una posible afectación a garantías constitucionales, no surge de sus motivos ningún agravio concreto que habilite la intervención del superior jerárquico”.
Sus colegas Bertuzzi y Llorens afirmaron que “los argumentos expuestos (por el SITRAJU) tampoco logran demostrar la existencia de un perjuicio de imposible, deficiente o tardía reparación ulterior causado por la resolución impugnada”.
La decisión implica, en los hechos, una virtual ratificación del cierre de la denuncia contra Maqueda y Tonón, a quien le fue aceptada la renuncia hace poco más de una semana.
Fuente: NA