La Procuración presentó el per saltum por el fallo favorable a Chubut y pidió la inhibición del juez
La Procuración del Tesoro de la Nación presentó hoy un recurso de per saltum ante la Corte Suprema de Justicia, a raíz del fallo que hizo lugar al pedido de Chubut para que se le restituyan fondos coparticipables suspendidos por la Nación, y también pidió la inhibición del juez de Rawson Hugo Ricardo Sastre.
“La Procuración del Tesoro de la Nación presentó hoy la primera acción de su estrategia respecto de la causa de Chubut por el Fondo Compensador del Transporte. Se le pidió a la CSJN que inhiba al Juez de Rawson y que intervenga por ser el Tribunal competente para ello, por corresponder la competencia originaria y por la trascendencia institucional de la cuestión. Fin”, anunció el vocero presidencial Manuel Adorni en su cuenta de X.
El martes pasado, apenas se conoció el reciente fallo desfavorable en torno a la disputa por fondos coparticipables de Chubut, el presidente Javier Milei ordenó a su equipo legal a pedir un per saltum a la Corte a fin de revertir lo dispuesto por el juez Sastre.
En tanto, el miércoles el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, anticipó que el Gobierno nacional iba a presentar “a la brevedad” el per saltum, en el marco de un trabajo conjunto con el procurador del Tesoro, Rodolfo Barra.
Sobre la sentencia del juez federal de Rawson, Cúneo Libarona consideró que se trata de “un disparate” y “una medida inadecuada”, mientras calificó la actuación del magistrado como “una incompetencia manifiesta”.
Además, insistió en que “el juez se pone a legislar sobre cuestiones económicas ajenas al Poder Judicial”, mientras que enfatizó que cuando salió el fallo se quedó “perplejo, sobre todo por la falta de solidez y de fundamento”.
¿Cómo funciona el per saltum?
El per saltum es una herramienta legal que opera del siguiente modo: una vez que una causa tiene sentencia del Juzgado competente de Primera Instancia, y si reviste gravedad institucional, las partes apelantes pueden llevar el caso directamente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación evitando pasar por la segunda instancia.
El procedimiento normal de un trámite judicial se inicia con una causa ordinaria en materia civil, comercial o administrativa que ingresa a un Juzgado de Primera instancia, quien luego del trámite dicta sentencia, posteriormente en caso que las partes se sientan afectadas tiene el derecho a apelarla ante una cámara, donde resolverá un tribunal compuesto por tres jueces y, ante tal pronunciamiento, queda la instancia extraordinaria y última en nuestro país: acudir ante la Corte Suprema.
Cuando una de las partes presenta un per saltum, los jueces del máximo tribunal se reúnen en una reunión de acuerdo y analizan si el pedido es justificado o no. Si lo aceptan, volverán a reunirse para emitir una sentencia definitiva. Si lo rechazan, la causa continúa su trámite natural.
Fuente: NA