NacionalesSociedad

La Justicia falló y fue intransigente con un banco informó a un deudor como “irrecuperable” por error

Un fallo de la Justicia Comercial sentó un precedente clave sobre la responsabilidad de los bancos al informar deudores, estableciendo que la “sola publicación de una persona como deudor moroso, cuando no lo es, provoca un perjuicio moral que debe ser resarcido”. A través de un informe de Microjuris, la causa (“Pietrapaolo Pedro”) se inició luego de que la entidad bancaria calificara erróneamente a un cliente y difundiera esa información.

El fallo, emitido por la Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial el 9 de marzo de 2017, detalla el accionar del banco. El cliente había firmado un convenio de pago en 2003 por una deuda previa. Si bien se atrasó en una cuota (la pagó el 31/07 en lugar del 10/07), el banco aceptó ese pago y el siguiente sin reservas.

Sin embargo, más de un año después, el banco solicitó un embargo sobre el sueldo del cliente por la deuda original y lo informó al BCRA como deudor moroso en situación “5 – irrecuperable”.

La Cámara determinó que el accionar del banco fue “antijurídico”, ya que al aceptar los pagos atrasados sin quejarse, renunció a sus derechos a ejecutar el convenio. Por lo tanto, el embargo se trabó sobre una “deuda inexistente”.

Los jueces destacaron el “daño moral” evidente, señalando que “no existe mayor sensación de desazón que aparecer incurso en una situación irregular cuando se trata de un supuesto erróneo” 1y que esto genera una “sensación de angustia o impotencia”2.

Por el daño moral ocasionado, el tribunal condenó al BBVA a pagar la suma de $5.000 (calculada a la fecha de la sentencia). Considerando que el valor del dólar en agosto de 2017 era de $17,10, la indemnización equivalía a unos USD 292.

Fuente: AgenciaNA

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *