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En los últimos 24 años, 36 jueces federales dejaron de ejercer su cargo tras recibir dictámenes de acusación en su contra

Los números son impactantes: de los 65 juicios políticos a jueces federales en 170 años de historia institucional, 26 de ellos se llevaron a cabo en los últimos 20 años. El estudio sobre los procesos de remoción de jueces federales, realizado por el Dr. Alfonso Santiago -profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Austral-, comprende desde la creación de la Constitución Nacional en 1853 hasta la fecha.

Las destituciones de los jueces federales fueron decididas por diferentes órganos: el Congreso de la Nación, los Tribunales de Enjuiciamiento durante los gobiernos de facto y del Jurado de Enjuiciamiento, a partir de la reforma constitucional de 1994. Sin embargo, otros procesos de remoción no llegan a culminar debido a “las decenas de renuncias de magistrados durante el trámite de su proceso de remoción”, aclara el autor de la investigación.

De los 45 jueces federales que tuvieron dictámenes de juicio político, 36 no continuaron en sus cargos, ya sea por ser removidos o porque renunciaron antes del dictamen o después de ser acusados por el Consejo. 

El dato es llamativo si se lo compara con, por ejemplo, Estados Unidos, donde en 230 años de vigencia de la constitución norteamericana de 1787 sólo han sido destituidos por juicio político 13 jueces federales.

Sobre el motivo del por qué se aceleró el proceso en los últimos años, el doctor Santiago explica: “Se advierte un importante incremento de los juicios políticos a jueces en los últimos veinte años como consecuencia del aumento de las situaciones de mala conducta y mal desempeño que han rodeado la actuación de los jueces federales en los últimos años y de un relativo mejor funcionamiento de los procesos de remoción a partir de la reforma de 1994”.

“Nos parece que el escándalo ha rodeado con demasiada frecuencia el quehacer de los jueces federales impactando negativamente en la imagen y la consideración pública”, agrega Santiago.

Otro dato llamativo es que desde hace seis años el Consejo de la Magistratura no ha decidido ninguna acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento. Al respecto, Alfonso Santiago sostiene que: “Esto habla de cierta parálisis en el funcionamiento del Consejo de la Magistratura y de ciertas coberturas políticas que impiden el avance y decisión en casos en que la acusación parece más que procedente como es el caso del juez Bento de Mendoza”.

Para el análisis el especialista tuvo en cuenta las distintas integraciones del Consejo de la Magistratura y las categorizó en seis etapas distintas: las dos primeras bajo la vigencia de la ley 24.937, las tres subsiguientes bajo el régimen de la 26.080 y, finalmente, la actual que se inicia con la declaración de inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley 26.080 por la Corte Suprema en la causa “Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires” (2021) por la que recobra la vigencia del régimen anterior, previsto en la Ley 24.937.

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