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El fin de la “Fe de vida” es ley: a partir de cuándo no será necesario realizar el trámite para percibir los haberes

La Cámara de Diputados sancionó la ley que elimina el trámite de actualización de “Fe de Vida” que realizan los jubilados y pensionados que integran el Sistema Integrado Previsional Argentino y de Pensiones No Contributivas para el cobro de sus haberes mensuales.

La norma fue aprobada este jueves por la madrugada tras una extensa sesión que superó las 13 horas, en la que se trataron diversas cuestiones, entre ellas, el alivio a deudores de créditos UVA.

La iniciativa que pone fin al trámite que requiere la acreditación de la supervivencia por parte de los jubilados y pensionados fue aprobada por 171 votos a favor, 2 en contra y 6 abstenciones, en una votación a libro cerrado donde se sancionaron otros proyectos referidos a acuerdos internacionales, entre otros dictámenes.

El proyecto para modificar la ley 26.704 ya había sido aprobado por el Senado el pasado 13 de abril, con 60 votos afirmativos, y durante esta madrugada obtuvo el aval de Diputados por lo que se transformó en ley, en el marco del tratamiento conjunto de una serie de temas acordados entre los distintos bloques, los cuales no tuvieron oradores.

De esta manera, “queda sin efecto toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario o beneficiaria como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales”, de acuerdo a lo expresado en la normativa.

Además, establece que “en ningún caso podrán requerirse trámites adicionales a cargo del beneficiario y/o apoderado de la prestación” jubilatoria “más allá de las verificaciones realizadas al momento del cobro presencial que eventualmente se realice”.

La iniciativa busca simplificar el cobro de los haberes de los titulares de la ANSES, quienes ya no tendrán que acercarse a ninguna sucursal de su banco o realizar la gestión online para percibir el dinero correspondiente.

Actualmente, de los aproximadamente 7,3 millones de jubilados y pensionados del sistema previsional, más de 3,2 millones no deben presentar su fe de vida a partir de acuerdos entre el Estado y algunas entidades bancarias, en su mayoría, del sector público. Con la actual sanción, se elimina la obligatoriedad para todos.

La medida empezará a regir cuando salga la oficialización en el Boletín Oficial, por lo que el trámite se mantendrá vigente hasta dentro de unas semanas. De esta manera, se estima que en agosto ningún titular de ANSES deberá hacer el trámite.

En qué consiste la “Fe de vida”

Hasta el momento, la “Fe de vida” es el trámite en el que los jubilados y pensionados deben acreditar su supervivencia. En caso de no cumplir con el procedimiento en el plazo establecido, el banco bloquea el pago del haber. Las formas más comunes para realizar dicho trámite son:

  • Cobrar la jubilación o pensión de manera directa por ventanilla en el banco
  • Realizar una compra con la tarjeta de débito o crédito asociada a la cuenta bancaria
  • Poner la huella digital en los tótems de ANSES que están en las sucursales bancarias
  • A través de una Terminal de Autoconsulta biométrica ubicada en las Oficinas de ANSES

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