Aumentan 3,2% los precios de los productos del fideicomiso del trigo
La Secretaría de Comercio dispuso un incremento promedio del 3,2% de los productos comprendidos en el Fondo Estabilizador del Trigo Argentino, conocido como fideicomiso del trigo, para que sus valores “sean consecuentes con la evolución” del resto de los componentes del costo de los bienes derivados.
La medida se tomó a través de la resolución 88/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial, en el marco de la “serie de políticas públicas que buscan estabilizar los precios de los productos a favor del consumidor, como el programa Precios Justos”, se especificó en los considerandos.
En el anexo de la resolución, se incrementan los precios fijados el 13 de enero último “a fin de mejorar el impacto de la herramienta financiera tanto en la estructura de costos como en el producto al consumidor”, para que sus valores “sean consecuentes con la evolución del resto de los componentes del costo de los productos derivados de la harina de trigo”.
Los precios para envases de 25 kilogramos pasan a ser de $ 1.709 para la harina 000 común (3,20% más que el valor fijado en enero), $ 2.051 para la 0000 común (3,22%) y $ 2.222 para la harina tapera y el semolín (3,20%), manteniéndose los incrementos del 10% para sobre el precio de la harina 000 para la calidad 24/26 gluten, 20% para de calidad 26/28, 30% para la de más de 28 y 50% para las harinas acondicionadas y especiales, premezclas y harinas integrales.
Como en la resolución anterior, para pasar a valor granel se debe multiplicar el precio de la bolsa de 25 kilos por 39,25.
Asimismo, se mantienen los recargos por costos logísticos del 3,5% para la ciudad y la provincia de Buenos Aires, del 5,5% para las regiones Centro, Cuyo y Litoral, 7% para el NEA y el NOA y 10,5% para la Patagonia.
El fideicomiso del trigo fue implementado el 7 de abril del año pasado mediante la resolución 355/2022 de la exSecretaría de Comercio Interior, con el objeto de “garantizar un valor de referencia para el trigo en el mercado interno que permita conservar una estabilidad en la participación de la bolsa de harina como componente del costo de los productos que de esta se derivan”, se indicó en los considerandos.
Fuente: Télam