GremialesSanta Fe

La nueva Constitución de Santa Fe tendrá incorporado un artículo sobre la importancia estratégica de la actividad portuaria

La Federación Marítima Portuaria y de la Industria Naval de la República Argentina (FeMPINRA) – entidad nacional que en Santa Fe tiene como uno de los referentes al Sindicato de Dragado y Balizamiento) presentó en su momento un proyecto sobre la necesidad de incorporar a la nueva  Constitución de la Provincia de Santa Fe un capítulo específico dedicado a la infraestructura de transporte, la navegación fluvial y el sistema portuario,. Para la entidad gremial su iniciativa “se fundamenta en razones estructurales, jurídicas, económicas y estratégicas que no pueden postergarse”.

Luego de semanas de discusión y debate de la Convención Constituyente, encargada de la reforma de la constitución provincial, se incorporó a la nueva carta magna de Santa Fe un artículo donde detalla:

La provincia de Santa Fe promueve el federalismo de concertación para facilitar el desarrollo armónico de las relaciones con la nación, con otras provincias y la ciudad Autónoma de Buenos Aires

Se propicia la conformación de regiones junto con otras provincias con intereses comunes con el objeto de potenciar el desarrollo económico, social, productivo e institucional

La actividad portuaria es considerada estratégica en razón de su carácter fundamental para el desarrollo económico, productivo y comercial. La provincia impulsa un enfoque de cooperación y articulación entre los distintos niveles de gobierno para la gestión y desarrollo de los puertos

“Es un logro en base a la lucha inclaudicable que venimos dando hace muchos años”, destacó Edgardo Arrieta, Secretario General del Sindicato de Dragado y Balizamiento de Santa Fe

FUNDAMENTOS DE LA INICIATIVA

El proyecto de  la Fempinra postulaba en otros considerandos “La necesidad de incorporar a la Constitución de la Provincia de Santa Fe un capítulo específico dedicado a la infraestructura de transporte, la navegación fluvial y el sistema portuario, se fundamenta en razones estructurales, jurídicas, económicas y estratégicas que no pueden postergarse”.

“Es imprescindible reconocer que el sistema logístico y portuario no constituye un mero conjunto de servicios auxiliares, sino que es una condición material indispensable del desarrollo económico, la integración territorial y la soberanía productiva. Las transformaciones del comercio mundial, el crecimiento del transporte multimodal y el peso creciente de las cadenas de valor globalizadas, han convertido a la infraestructura logística en un factor determinante de competitividad”, mencionaba otro párrafo

Argumentando su proyecto los portuarios señalaban que “La ausencia de un marco constitucional que exprese este carácter estratégico deja al Estado provincial con márgenes de acción limitados, fragmentarios y dependientes de la coyuntura política o normativa nacional, siendo la Provincia de Santa Fe un nodo logístico portuario nacional con más de 40 terminales portuarias privadas y 4 de carácter público”.

Es mas, en su proyecto se mencionaba la contradicción por la que atravesaba la provincia hasta el presente y era lo siguiente: Se constata una asimetría normativa entre el reconocimiento que la Provincia ha otorgado por vía legal a ciertos aspectos del transporte y los puertos —como en las leyes 11011/93, 11236/94, 11272/95 y otras— y la falta de jerarquía constitucional que respalde de forma integral estas políticas.

En tercer lugar, existe precedente constitucional comparado que justifica y respalda esta reforma. Constituciones modernas como la de Texas (EE.UU.), la de los Países Bajos, o incluso provincias argentinas como Mendoza y Chaco, contemplan disposiciones explícitas referidas al transporte, la descentralización de la infraestructura o el desarrollo portuario. Estas cláusulas permiten a las provincias actuar con mayor autonomía, capacidad de gestión y protagonismo en el diseño de políticas territoriales.

HIDROVIA

La iniciativa de la Fempinra también ponía el énfasis en el caso específico de la navegación fluvial, la situación del río Paraná y la Hidrovía Paraná-Paraguay constituyendo un ejemplo paradigmático. Este sistema hídrico, clave para la salida de más del 75% de las exportaciones argentinas, atraviesa el corazón del territorio santafesino. “Sin embargo, la participación de la Provincia en su planificación, administración o fiscalización es escasa, cuando no nula. Incorporar constitucionalmente el derecho a participar en su regulación y en la planificación de toda infraestructura interjurisdiccional, no es sólo un acto de reafirmación federalista, sino también un imperativo de equidad territorial”, mencionaba la entidad gremial en su proyecto

Ahora bien, tras años de lucha se logró que la nueva constitución provincial tendrá un artículo específico dedicado a la infraestructura de transporte, la navegación fluvial y el sistema portuario

“Es una necesidad histórica, un acto de responsabilidad política y un compromiso con el desarrollo sustentable, inclusivo y soberano de la Provincia de Santa Fe”, cerró la Fempinra 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *