La AFIP posterga la suspensión de ejecuciones fiscales por deudas de promoción industrial.
Se trata de una normativa que prevé la condonación de las deudas de las empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial.
La
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) postergó
hasta el 31 de enero de 2020 el plazo de suspensión de las ejecuciones fiscales
relacionadas con las deudas de las empresas beneficiarias del Régimen de
Promoción Industrial.
En 2014 se incorporó una normativa que prevé la condonación
de las deudas de las empresas beneficiarias del Régimen de Promoción
Industrial, generadas hasta el período fiscal 2015, cualquiera sea el estado en
que las mismas se encuentren, originadas por el usufructo de una cantidad de
bonos de crédito fiscal superior a la originalmente reconocida.
En 2017, el Poder Ejecutivo Nacional encomendó al Ministerio
de Hacienda y al ex Ministerio de Producción establecer un procedimiento para
otorgar la condonación aludida.
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